Hace dos años, el Congreso aprobó la Ley 07/2022 de gestión de residuos y suelos contaminados que marca el futuro del reciclaje en España y nos ayuda a avanzar hacia la economía circular y el residuo cero en el ámbito normativo.
La nueva directiva busca proteger el medio ambiente, la salud y el bienestar de la ciudadanía mediante la prevención y la reducción de los residuos, la mejora de la eficacia del uso de los recursos y la reducción del impacto de los productos plásticos en el medio ambiente.
Esta nueva política pretende también impulsar una economía diversificada y sostenible y dar respuesta a la preocupación actual por los impactos de los residuos sobre el medio ambiente y el cambio climático.
Para las entidades sociales dedicadas a la gestión de los residuos, es una normativa que da impulso a nuestra labor y nos beneficia en su desarrollo.
Objetivos que destacamos de la nueva ley de residuos:
– El establecimiento de una serie de objetivos de reducción de los residuos generados en un 13% en 2025 y un 15% en 2030
– A partir de 2025, se establece la recogida obligatoria de los residuos textiles, los aceites de cocina usados, los residuos domésticos peligrosos y los voluminosos.
– Con la aplicación de la nueva ley también se espera un aumento de las transformaciones de los puntos limpios en espacios de promoción de reutilización de los productos y componentes de los productos, así como la promoción de actividades de reparación y reutilización
– La reserva de mercado del 50% de la oferta pública de la recogida de residuos para contratos con empresas de inserción y centros de iniciativa social autorizados en la gestión de residuos.
– Prohibición de la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos como textil, juguetes y aparatos eléctricos
Aunque la ley es bastante más extensa, le recomendamos informarle de su implementación a través de la Guía técnica para la contratación del servicio de recogida y gestión de residuos textiles.
¿En qué ponemos énfasis como gestores de residuos?
La aplicación real de la reserva de contrato
Para cumplir con la nueva normativa, al menos el 50% del importe de adjudicación de licitaciones de recogida textil, debe ser objeto de contratación reservada a empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social autorizados para el tratamiento de residuos.
Desde la entidad reivindicamos que la contratación de la recogida, transporte y tratamiento del residuo textil se haga efectiva en la reserva de mercado para empresas de inserción, y que las licitaciones públicas cumplan con la cláusula pertinente, no únicamente como una subcontratación .
La valorización de la gestión manual del textil recogido
Por otro lado, pedimos garantizar la eficiencia y una recogida de calidad, aceptando que el textil es gestionado de forma distinta a otras fracciones. Debemos tener presentes que la recogida debe ser manual si queremos procurar que se mantengan las opciones de reutilización que se generen. Los sistemas de recogida automáticos como en otras fracciones de residuos, pierden valor económico y social en el campo del textil.
Implementación de un esquema retributivo
Manifestamos la voluntad de aplicar un sistema retributivo en el proceso de clasificación de los residuos, que compense al operador del servicio por el ahorro económico que supone evitar que el residuo textil termine en fracciones erróneas, como el resto, además de los esfuerzos implícitos que comporta todo el proceso de gestión.
Tal y como se explica en la Guía técnica, esta contraprestación se plantea que sea equivalente al ahorro en tratamiento de fracción, lo que supone la recogida selectiva del residuo textil, estableciendo un objetivo mínimo de recogida. Este objetivo propone que inicialmente sea de 5,0 kg/habitante y año.
Se trata de un sistema de retribución con carácter retroactivo en función de sus resultados. Una vez finalizado el año, si la gestora de residuos ha conseguido el objetivo de 5 kg/hab/año se paga la totalidad del presupuesto, y en caso de no cumplirlo, se pagará la parte proporcional.